Según la Organización Mundial de la Salud, el coronavirus es una pandemia mundial. Y España no es una excepción. El COVID-19 ha dejado ya más de 20.000 infectados y 1.000 muertos en el pequeño país situado en la península Ibérica, situándose en el cuarto puesto de países con más casos confirmados.
Sin quererlo, pero tampoco frenarlo, España sigue los pasos de Italia. En un primer momento en España no se veía el coronavirus como un problema. Concretamente, Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias del Ministerio de Sanidad, el día 9 de marzo expresó que en España no habría más que algún caso aislado y que no debía sufrir por el COVID-19. Claramente, no detectar a tiempo la amenaza ha supuesto un prejuicio para todo el país y la comunidad internacional. Hay que resaltar que las acciones propias tienen terribles consecuencias colectivas.
Finalmente y de manera progresiva, el estado ha identificado esta crisis sanitaria como un grave perjuicio para la salud, aunque lamentablemente lo ha hecho tarde. El pasado sábado 14 de marzo, el gobierno español decretó en Consejo de Ministros el estado de alarma para poder paliar el virus, aplicando de esta forma el artículo 116 de la Constitución. Aunque de momento el estado de alarma se ha fijado por 15 días, es más que probable que se prorrogue con la consiguiente aprobación del Congreso de los Diputados. La línea de actuación actual apunta a que se mantendrá hasta después de Semana Santa para evitar las movilizaciones vacacionales.
Desde el real decreto de estado de alarma, se establece el confinamiento obligatorio salvo en casos de fuerza mayor como por ejemplo ir a comprar alimentos. No obstante, en algunas de las Comunidades Autónomas ya se había recomendado tales acciones anteriormente, había sido limitada toda actividad comercial no imprescindible y se habían suprimido las clases presenciales en todos los centros educativos. Las cancelaciones de eventos y procesos trascienden los meses. Así pues, por el momento, se han pospuesto, por ejemplo, las pruebas de acceso a la universidad que se iban a realizar en el mes de junio. También hay que recordar que Europa ha cerrado sus fronteras por los últimos 30 días y España ha limitado su actividad aérea un 50%. Una de las medidas más controversiales que se ha implantado en los últimos días ha sido la recentralización del estado, siendo el gobierno y no las comunidades autónomas los que tomen las decisiones. De este modo, se anulan por este período las competencias delegadas previamente a las CCAA. Las actuaciones anteriormente descritas se realizan con la intención del gobierno es frenar la curva de contagiados y muertos.
Por otro lado, el ejecutivo lanzó un paquete de medidas para poder combatir los efectos económicos y sociales por la suma de 200.000 millones de euros. Pedro Sánchez, el presidente del gobierno, ha apuntado que ésta supone «la mayor movilización de recursos públicos y privados en la historia democrática del país». Entre estas medidas tendríamos la ayuda a las pequeñas y medianas empresas con préstamos de hasta 10.000 euros. Desde las fuerzas políticas más progresistas se ha conseguido ayudar a las familias más vulnerables con la moratoria en hipotecas y con el cese de cortes de suministros de luz, agua, gas y telecomunicaciones. Lamentablemente, aún no se ha implementado ninguna medida para parar los desahucios como ha pedido la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau.
El coronavirus nos deja un conjunto de consecuencias laborales. Debido a la baja producción en bienes y servicios, las empresas no perciben los ingresos suficientes para mantener los salarios de los trabajadores previamente contratados. En estos casos, se aplica una de las siguientes opciones: La primera es un ERE, el Expediente de Regulación de Empleo, lo cual se conoce popularmente como un despido colectivo. El trabajador percibe una indemnización y la decisión es irrevocable. En segundo lugar, encontraríamos el nombrado ERTE, el Expediente de Regulación Temporal de Empleo, que se aplica durante un período concreto pero sin límite. En este caso, el trabajador no recibe ninguna indemnización sino una prestación por desempleo. También se incluye en la categoría de ERTE cuando la empresa aplica a un trabajador una reducción unilateral de jornada. En tercer lugar, se encuentra la obligación forzosa por parte de la empresa de entrar en un período de vacaciones. Esta última medida es ilegal, ya que las vacaciones se han de pactar de mutuo acuerdo entre el empresario y el trabajador. Como es lógico, estas medidas se aplicarían de forma mayoritaria en aquellos puestos de trabajo donde no sea posible trabajar en remoto. Medida ya adoptada por algunas empresas. Los trabajadores por cuenta ajena particularmente se verían en una situación desfavorable al no percibir los ingresos de su actividad laboral por la suspensión de actividad económica por el coronavirus. Para éstos, el gobierno español ha ratificado la decisión de la suspensión del pago de cuotas para este tipo de trabajadores.
Sin embargo, hay una serie de empleos que no sólo se han mantenido, sino que han tenido un aumento de carga de trabajo, hablamos de todo el personal de centros sanitarios. Estas personas no sólo corren mayor riesgo de contagio por realizar su actividad laboral sino que debido a la coyuntura actual están doblando y triplicando turnos, entre otras acciones extremas. Cabe recordar que estos largos turnos no sólo se deben al gran número de contagiados sino también a las bajas entre el personal médico por la alta exposición a la enfermedad que antes exponíamos. Actualmente, se están contratando a médicos, enfermeros y enfermeras jubilados y a estudiantes de último año de medicina para poder cubrir las necesidades de salud de la población.
La crisis financiera de 2008 nos enseñó que, en tiempos de inestabilidad, la desigualdad social se hace más palpable. Una vez más, la actualidad nos ha vuelto a mostrar esta misma realidad. La actual crisis sanitaria ha puesto en evidencia que no es lo mismo pasar el confinamiento en una casa con jardín que en un piso de 40 metros cuadrados. Además, aquellas personas que dependen solamente de su sueldo para pagar los gastos mensuales y que no tienen capacidad de ahorro les afectan más severamente las consecuencias del COVID-19. Se puede concluir pues que desde el privilegio se contempla y desde la pobreza se sufre.
Ada Font Burdoy, estudiant de 2n curs de Ciències Polítiques i de l’Administració a la Universitat Pompeu Fabra. Membre de deba-t.org des del febrer de 2020. Article publicat originalmet a Política en Jaque